sábado, 11 de diciembre de 2010

OSTEOPOROSIS

LO QUE DEBES SABER SOBRE OSTEOPOROSIS

La osteoporosis es un enfermedad metabólica, se caracteriza por la disminución de masa ósea, lo que se traduce como fragilidad de los huesos.

Su principal manifestaciòn clínica es la presencia de fracturas.

En México existen 3.5 millones de personas con osteopenia (estado previo a la osteoporosis).

Frecuentementer afecta (en un  40 por ciento) a mujeres mayores de 50 años, quienes tendrán el riesgo de padecer fracturas que afectarán su calidad de vida.

LA POBLACION DE MAYOR RIESGO.

  • Mujeres después de la menopausia (mayores de 50 años)
  • Hombres mayores de 60 años.
  • Personas de cualquier edad que tengan alguna enfermedad predisponenete, como: artritis reumatoide, problemas de tiroides, paratiroides o pacientes tratados prolongadamente con cortisona.

FACTORES DE RIESGO

  • Posmenopausia.
  • Raza blanca.
  • Herencia familiar con osteoporosis.
  • Antecedentes de fracturas.
  • Peso b ajo.
  • Tabaquismo y alcoholismo.
  • Consumo exagerado de café.
  • Dieta pobre en calcio.
  • Vida sedentaria.


PARA DETECTAR A MUJERES POSMENOPAUSICAS CON RIESGO DE OSTEOPOROSIS

1. ¿Cuál es tu edad?

(    ) 59 años o menos
(    ) 60 - 69 años
(    ) 70 - 79 años
(    ) 80 0 más años.

2. ¿Hace cuántos años tuviste tu menopausia?

(    ) 10 o menos
(    ) 11 a 17 años
(    ) 18 0 más años

3. ¿Actualmente recibes o has recibiodo tratamiento de reemplazo estrógenico?

(    ) sí
(    ) No

4. Después de los 45 años, has tenido alguna fractura en:

(    ) Cadera
(    ) Muñeca
(    ) vértebras
(    ) Otras fracturas.

5. ¿Cuál es tu peso actual?

(    ) 61 kg o más
(    ) 57 kg a 60 kg
(    ) 56 kg o menos.

5. ¿Has recibido corticoesteroides (medicamentos de cortisona) por más de un año?

(    ) Sí
(    ) No

7. ¿Tienes algunas de las siguientes enfermedades: poblema de tiroides o paratiroides, insuficiencia renal crónica, artritis reumatoide?

(    ) Sí
(    ) No

SI CONTESTASTE EN FORMA AFIRMATIVA A
2 O MAS DE LAS PREGUNTAS

¡PUEDES TENER OSTEOPOROSIS!

Y NECESITAS HACERTE UN DENSITOMETRIA

CONSULTA A TU MEDICO


MEDIDAS PREVENTIVAS

LO QUE TODOS DEBEMOS HACER

  • Mantener un peso adecuado.
  • LLevar una dieta rica en calcio (productos lácteos, vegetales, pescado, charales, almendras, nueces).
  • Tomar tratamiento hormonal después de la menopausia.
  • Reducir el consumo de tabaco, alcohol y café.
  • Hacer diariamente una rutina moderada de ejercicio recomendada por el médico.
  • Tomar medidas de seguridad en el hogar, automóvil y ern el calzado, para evitar movimientos bruscos, golpes o caídas.


MEDIDAS MEDICAS

QUE DEBEMOS CONSIDERAR

Si tienes tres o más de los factores de riesgo, se debe realizar una densitometría ósea (examen que mide la densidad del hueso) y de acuerdo con el resultado, se le calificará en:

NORMAL
OSTEOPENIA
OSTEOPOROSIS.

Si los estudios demuestran la existencia de osteoporosis, es muy importante acudir al médico para recibir el tratamien to adecudado.






viernes, 10 de diciembre de 2010

HOSPITALIZACION ISSEMYM

Hospitalización


Es el ingreso que se da a un paciente para permanecer hospitalizado en una Unidad Médica de segundo o tercer nivel de atención, con la finalidad de recibir un tratamiento médico y/o dar seguimiento a su padecimiento; previa valoración y autorización del médico especialista, así como la aceptación del paciente y/o su familiar.

Requisitos:

  • Contar con Hoja de Admisión Hospitalaria.
  • Credencial de afiliación vigente.

¿Qué deberá hacer?

  • Presentarse con sus objetos de uso personal, acompañado de un familiar o persona responsable, en el módulo de admisión hospitalaria de la unidad donde será hospitalizado.

  • Entregar a la recepcionista Hoja de Admisión Hospitalaria

  • Proporcionar la información a la recepcionista en forma verídica.

  • Firmar la hoja de consentimiento informado.

  • Seguir las indicaciones que el personal de recepción le proporcione, así como las normas de utilización del servicio hospitalario.

  • Horario de Atención

*Consultar Catálogo de Unidades Médicas

ESTUDIOS DE LABORATORIO

Laboratorio


Objetivo:

Realizar análisis clínicos para coadyuvar en el estudio, prevención, diagnóstico, resolución y tratamiento de los problemas de salud.

Definición:

Es un departamento de apoyo diagnóstico y de servicio que forma parte del equipo multidisciplinario de salud de los servicios médicos del ISSEMYM.

Descripción:

Es el área donde se toman las muestras de sangre, orina y secreciones del organismo para analizarlas en los equipos de laboratorio, los cuales son de alta definición en los que se realizan exámenes de control, como son: química clínica, hematología, serologías, parasitología, uroanálisis y microbiología, así como estudios especiales de hematología, reumatología, inmunología, endocrinología y citopatología.

Requisitos:

  • Contar con la solicitud de laboratorio, emitida por el médico tratante.
  • Credencial de afiliación vigente.

¿Qué deberá hacer?

  • Presentarse en la ventanilla de laboratorio de acuerdo al horario establecido para la atención.

  • Llevar la documentación requisitada y entregarla a la recepcionista.

  • La recepcionista entregara ticket, en el que indica día y hora en que deberá presentarse para la toma de muestra.

  • El paciente acudirá el día y la hora indicada para la toma de su muestra.

  • Los resultados de los estudios serán anexados al expediente, para que el día de su cita con el médico, el pueda revisar los resultados; o en otro de los casos se entrega directamente al paciente para que entregue a su médico tratante.

Comentarios:

Siempre que un médico familiar o especialista extienda una solicitud de exámenes de laboratorio, el paciente deberá acudir a la recepción de la unidad para recibir instrucciones sobre el horario, la forma en que deberá presentarse, así como le será entregado el material que necesita para su estudio.

Horario de Atención:

Consultar catálogo de unidades médicas

ESTUDIOS DE RAYOS X

Imagenología (Estudios de Gabinete)



Objetivo:

Apoyo en la prevención, diagnóstico y resolución del tratamiento de los problemas de salud; ya que fundamenta la presencia de una anomalía en el cuerpo humano, siendo fundamental el papel que tiene la imagenología en mejorar la calidad de la medicina actual a través de imágenes de alta resolución.

Definición:

Es un departamento de apoyo diagnóstico, en el cual se encuentra equipo simple o de alta tecnología para realizar estudios de Imagenología.

Descripción:

En el área de imagenología se utiliza el equipo de Rayos X, con resultado de estudio a través de películas radiográficas, sin embargo progresivamente se están equipando a las unidades médicas de acuerdo a la complejidad de la atención, con equipos de mayor tecnología como son: Ultrasonidos, Resonancias Magnéticas, Tomografía Computada, Fluoroscopia etc., que contribuyen a fundamentar un diagnóstico; el equipo esta digitalizado lo que permite que los estudios como tomografías o resonancias magnéticas puedan ser grabados o impresos en discos compactos y quedan además archivados en el departamento de Imagenología en forma electrónica, o también es posible enviar al médico los estudios por medio de computadora.

El equipo de médicos radiólogos y técnicos están capacitados y certificados para la implementación e interpretación de dicha tecnología, cuentan con años de experiencia y constante entrenamiento en el uso y desarrollo óptimo de los procedimientos de imagenología y su interpretación.

Requisitos:
  • Contar con la solicitud para realiza el estudio, emitida por médico tratante.
  • Credencial de afiliación vigente.


¿Qué deberá hacer?
  • Presentarse en la ventanilla para programar su cita, de acuerdo al horario establecido para la atención.

  • Llevar la documentación requisitada y entregarla a la recepcionista.

  • La recepcionista entregara ticket, en el que indica día y hora en que deberá presentarse.

  • El paciente acudirá el día y la hora indicada para la realización del estudio.

  • El estudio será enviado al médico el día que acuda a su cita, por lo que el paciente o familiar deberá informar a la recepcionista la fecha en que se realizo el estudio para que ella lo solicite oportunamente; o en otro de los casos el estudio se entrega directamente al paciente para que entregue a su médico tratante.


Comentarios:

Siempre que el médico familiar o especialista extienda una solicitud para realizar un estudio, el paciente deberá acudir a la recepción de la unidad para recibir instrucciones sobre el horario, la forma en que deberá presentarse, así como le será entregado el material que necesita para su estudio; por otro lado se le indicara que dependiendo del tipo de estudio se le solicitará que sea acompañado de un familiar.

Horario de Atención:

*Consultar catálogo de unidades médicas

CLINICA REGIONAL ISSEMYM AMECAMECA

CLINICA REGIONAL  AMECAMECA

CATALOGO DE SERVICIOS

RELACIONES PUBLICAS Y TRABAJO SOCIAL

  • El otorgamiento de fichas para la consulta externa se da en un horario de entrega de 7:00 a.m. para ambos turnos de lunes a viernes. Para fines de semana y días festivos (turno especial) a partir de las 7:30 a.m.

  • Certificados de salud: de lunes a domingo de 8:30 a 9:00 hrs. a.m.

  • Entrega de citas a diferentes especialidades de segundo y tercer nivel de atención médica, de lunes a domingo a partir de las 10:00 hrs. a.m.

  • Atención a personas de la tercera edad, pensionados y jubilados de lunes a domingo, de las 8:30 a 16:00 hrs. (serán atendidos por el médico del área de urgencias).

  • Consulta externa turno matutino y de pediatría de lunes a viernes con horario de 8:00 a 13:45 hrs.

  • Consulta externa turno vespertino y consulta de odontología de lunes a viernes de 14:00 a 19:45 hrs.

  • Consulta de urgencias las 24 hrs. del día los 365 días del año (haciendo la observación que si se llegará a realizar un traslado con carácter de urgente , el médico se retirará con el paciente a la unidad referida y quedará descubierto el servicio). Sólo se cuenta con un sólo médico y una enfermera.

  • Servicio radiológico de lunes a viernes de 14:00 a 20:45 hrs.

  • Surtimiento y abastecimiento de medicamentos de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 hrs. Truno especial (sábado, domingo y días fetivos) de 8:00 a 15:00 hrs y de 17:00 a 20:00 hrs.

SERVICIO DE URGENCIAS

Los servicios de urgencias son aquellos destinados a recibir, estabilizar o atender al paciente que requiera de una atención médica inmediata que ponga en peligro la vida de una persona o la función de un órgano vital.

REQUISITOS PARA ATENDER UNA URGENCIA:

  • CREDENCIAL DE AFILIACIÓN VIGENTE
  • TALON DE PAGO VIGENTE.


¿QUÉ DEBERÁ HACER?

Presentarse en cualquier unidad médica que cuente con este servicio (consultar el catálogo de servicios con que cuenta la unidad médica).

Dirigirse a la ventanilla de recepción de pacientes y entregar los requisitos señalados e informar al personal a cargo el motivo de la urgencia para su registro correspondiente.

Recibir la valoración del médico y/o enfermera que este a cargo del TRIAGE, el cual se determina de acuerdo a la siguiente clasificación.

ROJO:  Paciente que ponga en peligro su vida o la función de un órgano vital.

AMARILLO: Paciente de gravedad que no ponen en riesgo sus funciones vitales.

VERDE: Paciente cuya vida no esta en riesgo y se canaliza a consulta externa.

El médico del servicio de urgencias otorgará la atención y decidirá la conducta seguir a fin de determinar si el paciente se queda en observación, pasa a su consulta externa o es dado de alta para retirarse a su domicilio.

HORARIO DE ATENCION: las 24 hrs, los 365 días del año.

Agradeciendo a ustedes
el buen uso del servicio de
urgencias.


DIRECTORIO:

DR. JOSE JESUS SILVA CARDENAS
DIRECTOR DE LA CLINICA REGIONAL AMECAMECA

C. JOSE LUIS DIAZ GOMEZ
ADMINISTRADOR DE LA CLINICA REGIONAL AMECAMECA

C. HORTENCIA DE LEON BELTRAN
JEFA DE FARMACIA

P.T.S. LUZ MARIA ELVIA SANCHEZ ESCOBEDO
JEFA DE TRABAJO SOCIAL Y RELACIONES PUBLICAS


AV. 20 DE NOVIENBRE S/N
COL. CENTRO.
C.P. 56900
AMECAMECA, ESTADO DE MEXICO
TEL. 01 597 9780320




sábado, 27 de noviembre de 2010

ISSEMyM HIPERLIPIDEMIA

HIPERLIPIDEMIA

La hiperlipidemia es la alteración de los niveles de colesterol y triglicéridos en la sangre.

El colesterol es una sustancia grasa que se encuentra en froma natural en las células del organismo.

FACTORES CONDICIONANTES

  • Factor genético.
  • Personas con hipertensión arterial
  • Sedentarismo (falta de ejercicio)
  • Alimentos ricos en grasas saturadas
  • La obesidad.
  • Consumo de alcohol

MANEJO GENERAL

  • Modificar hábitos alimenticios, eliminando alimentos ricos en grasas saturadas.
  • Incrementar su actividad física.
  • Disminuir su peso.
  • Dietas rica en fibras.
  • Realizarse estudios de control de colesterol total.

SINTOMAS

Puede provocar cansancio, debilidad, adormecimiento de manos y pies, problemas de presión alta, endurecimiento de venas, dolor de cabeza constante, náuseas, mareos, fatiga mental, entre otros.

SECUELAS

  • Arterioesclerosis.
  • Enfermedades del corazón.
  • Entre otros procesos crónicos degenerativos.

CONSEJOS ALIMENTICIOS.

  • Durante la semna varie el consu,o de pollo, pescado, atún en agua.

  • Consumo de productos integrales.

  • Consuma dos veces a la semana de leguminosas.

  • Disminuya el consumo de embutidos como salchicha, mortadela, queso de puerco, chorizo, longaniza, salami, etc.

  • Evite el consumo de vísceras, chicarrón y fritangas.

  • Evite el consumo de margarina, mantequilla, crema, manteca y aderezos.

  • Cocine con cantidades moderadas de aceite vegetal.

  • Evite alimentos capeados, fritos y empanizados.

  • Se recomienda alimentos asados, estofados, a la plancha o al vapor.

  • Consumo de leche y queso a base de leche descremada como requesón, panela y cottage.

  • Evite el con sumo de refrescos o productos industrializados como bebids alcohólicas.

  • Consuma pequeñas cantidades de nuez, almendras, avellanas, amaranto, cacahuate, etc.

  • Evite el consumo de alimentos enlatados, conservas en salmuera y ahumados.

  • Cocine con cantidades moderadas de sal.

  • Evite el consum,o de condimentos industrializados como salsa inglesa, jugo maggi, knor suiza, entre otros.

  • Durante la semana varie el consumo de frutas en el menú semanal: fresa, higo, guayaba, manzana, toronja, mandarina, chabacano, melón, papaya, durazno, plátano y pera.

  • Vará el consumo de verduras en el menú semanal: ejote, col cocida, lechuga, chile poblano, calabacitas, berros cocidos, chilacayote, romeros cocidos, setas, xoconostle y alcachofa cocida.

Acuda a su servicio de salud,
para que le orienten respecto al
tratamiento médico, la realización
de actividad física y alimentación
acorde a sus necesidades.


ENFERMEDADES CARDIOVASCULARES

LAS ENFERMEDADES CARDIOVASCULARES SON LA PRIMERA CAUSA DE MUERTE EN EL ADULTO

SINDROME METABOLICO.

Es la asociación de una serie de signos y síntomas en los factores de riesgo cardiovascular; son enfermedades que afectan al corazón y los vasos sanguíneos, pero además, tienen en común la resistencia a la insulina.

Sus componenetes pincipales son:

  • Diabetes mellitus.
  • Hipertensión arterial.
  • Hiperlipidemia.
  • Obesidad central.
  • Microalbuminuria.

Hoy en día, cada 4 segundos muere un paciente por infarto al miocardio y cada 5 segundos muere alguien por evento vascular cerebral, ya sea trombiosis o derrame cerebral.

FACTORES DE RIESGO

Es toda circunstancia o situación que aumenta las posibilidades de una persona de contraer una enfermedad; algunos factores NO MODIFICABLES  como:

  • Antecedentes familiares de diabetes en papá, mamá y/o hermanos.
  • Edad mayoor de 45 años.
  • Menopausia precoz (antes de los 35 años)


Pero existen otros factores de riesgo que son modificables y sobre ellos debemos actuar, para mejorar el control de la enfermedad.

  • Sobrepeso y obesidad.
  • Sedentarismo.
  • Tabaquismo.
  • Alcoholismo.
  • Circunferencia de cintura mayores a 102 cms. en el hombre, mayor de 88 cms. en la mujer.
  • Glucosa en ayunas mayor de 95 mg/dl en presencia de otros marcadores.
  • Hiperglicemia (después de tomar alimentos) glucosa entre 140 y 190 mg/dl.
  • Estrés.

Al evitar los factores de riesgo, se disminuye en forma importante el daño cardiovascular.

  • OBESIDAD.

Pregunta a tu médico cuánto tienes de índice de masa corporal (IMC: es el peso saludable en el que te debes conservar de acuerdo con tu talla y edad), considerando obesidad cuando el índice de masa corporal es mayor a 30.

  • Es importante aprender a comer saludable.
  • Incrementa el conbsumo de frutas y verduras.
  • Consume proteínas bajas en grasa comopescado, pollo, amaranto y soya.
  • Haz ejercicio aeróbico mínimo de 30 minutos, 5 veces por semana.
  • La meta es disminuior 500 grs. hasta alcanzar el peso ideal.

  • DIABETES MELLITUS.

La glucosa constituye la energía que nuestro cuerpo utiliza  a nivel celular, para realiozar sus funciones diarias y es trasportada al interior de las células por la insulina (enzima que produce el páncreas), una vez dentro de las células aumenta la rapidez de las reacciones químicas, transformándose en energía.

Cuando un paciente es obeso, la insulina tiene dificultad para permitir que la glucosa penetre en las células y se convierta en energía; al no ingerir la célula esta glucosa se deposita como grasa.

En estas condiciones, el pácreas trata de compensar estos nioveles de glucosa produciendo más insulina; después de algún tiempo de estar sobreproduciendo insulina, el pácreas se agota.

Cuando la falta de producción de insulina es permanente, se presenta la diabetes.

  • HIPERTENSION ARTERIAL

La presencia arterial es la fuerza que ejerce el corazón, impulsando la sangre sobre las paredes de las arterias. Se considera que cifras superiores a 120/80 son anormales y nos hablan de hipertensión arterial.

en México, el 30% de la población mayor de 20 años tiene hipertensión arterial y no lo sabe. La hipertensión arterial al inicio no da manifestaciones clínicas. Esta enfermedad se puede presentar repetidamente en forma de infarto agudo al miocardio, muerte súbita, hemorragía o trombo embolia (se le conoce como accidente vascular).

  • HIPELIPIDEMIA.

Es el aumento de colesterol y trigliséridos en la sangre.

Las grasas son muy necesarias para el funcionamiento del organismo, pero debemos procurar no ingerirlas en forma exagerada y sobre todo, tratar de comer grasas sanas como son las de origen vegetal, que proceden de semillas, pescados como el salmón, la sardina, el aceite de oliva y el aceite oleico. Se considera como hiperlipidemia cuando las grasas se cncuentran en:

  • Triglicéridos mayor de 150 mg/dl
  • Colesterol mayor de 200 mg/dl.
  • Colesterol HDL mayor de 40 mg/dl en hombres.
  •                            mayor de 50 mg/dl en mujeres.

INFORMES
Subdirección de Salud
Departamento de Promoción y Evaluación de Programas de Salud
Edificio Tella ler Piso
21 de marzo No. 101, esquina Esequiel Ordóñez,
Col. La Merced, Toluca, Estado de México
Tel. (01 722) 2 26 19 00
Exts. 1415, 1416 y 1417.






PRESION ARTERIAL

HIPERTENSION ARTERIAL

¿QUE ES?

Es aquel padecimiento donde una persona muestra aumento sostenido en la presión o fuerza que actúa sobre la sangre dentro de las arterias.

Se diagnóstica cuando en tres ocasiones diferentes se tienen cifras mayores de 140/90 mmHg de tensión arterial.

Los niveles normales tiene un rango de 120/80 mmHg.

Estas cifras reflejan la relación que hay entre el esfuerzo que hace el corazón para bombear la sangre y la resistencia de los vasos sanguíneos en el cuerpo a dihco bombeo.

Sin embargo, hya que recordar que con la edad es normal que aumente la tensión arterial.

Entre los principales síntomas que se m,anifiestan son dolor de cabeza, cansancio, palpitaciones, visión borrosa o zúmbido de los oídos.

¿QUE LA ORIGINA?

Existen varias causas que derivan en esta enfermedad, las más importantes son:

SOBREPESO / OBESIDAD

El riesgo de desarrollar hiperebnsión arterial es de 2 a 6 veces más alto en individuos con sobrepeso que en personas de peso normal. el sobrepeso y obesidad originan alteraciones en el trabajo del corazón, así como resistencia de los vasos sanguíneos para llevar la sangre al cuerpo, aumentando la presión sanguínea.

CONSUMO ELEVADO DE SAL

CONSUMO DE ALCOHOL Y TABAQUISMO.

FALTA DE EJERCICIO:

Al hacer ejercicio nos ayuda a que haya una mayor fluidez de sangre por el cuerpo y los vasos sanguíneos, así como fortalecimiento del corazón que no tendrá que esforzarse de más, para lograr distribuir la sangre adecuadamente por todo nuestro organismo.

FACTORES HEREDITARIOS:

Si en una familia hay algún familiar directo (abuelos, padres) que padezca hipertensión hay una mayor probabilidad de que usted también la desarrolle.

CONSECUENCIAS:

En un principio la hipertensión no manifiesta signos ni síntomas, po lo que se diagnóstica en etapas avanzadas. Las principales consecuencias de esta enfermedad son:

  • Alteraciones del corazón.


  • Complicaciones cerebrales como trombosis o embolia.


  • Insuficiencia renal.
¿COMO SE PUEDE PREVENIR?

  • Controlar su peso, acudiendo al personal de salud apropiado como el nutriólogo, quien deberá indicarle la mejor forma de lograrlo, segun sus necesidades.

  • Disminuir el consumo de sal en los alimentos, tanto al prepararlos como al consumirlos, retirando el salero de la mesa.

  • Realizar algún tipo de ejercicio todos los días, por ejemplo caminar al menos 20 minutos.

  • Procurar beber agua antural diariamente por lo menos 1.5 litros, durante todo el día.

  • Acuidr a la toma de presión periódicamente para corroborar que no padezca hipertensión, detectarla o revisar si su tratamiento está funcionando.

  • Recuerde que debe adherirse al gtratamiento médico ya que el abandonarlo o ser irregular en su seguimiento puede traer complicaciones.

Para mayor información,
acuda a su unidad médica
de adscripción.



miércoles, 24 de noviembre de 2010

ORIENTACION ALIMENTARIA

EL PLATO DEL BUEN COMER

La alimentación es un elemento muy importante en la buena salud, que está influida tanto por la calidad como por la cantidad de los alimentos que consumimos día con día.

De acuerdo al plato del buen comer los alimentos se dividen en tres grupos.

VERDURAS Y FRUTAS.

Son una excelente fuente de vitaminas y minerales, que nos ayudan a mantener un buen funcionamiento de nuestro cuerpo, cuyo consumo habitual cubre nuestras necesidades sin requerir el consumo de productos vitamínicos.

Además nos proporcionan fibra para una buena digestión.

En general todas las verduras pueden ser consumidas.

Prefiera frutas de temporada y que no estén demasiado maduras.

CEREALES Y TUBERCULOS.

Su principal función es darnos energía para realizar nuestras actividades cotidianas. Ejemplo de cereales: maíz, trigo, avena, amaranto, arroz, tortilla, pan galletas, pastas. Tubérculos: papa y camote.

No debe abusar de su consumo, ya que el exceso en nuestra alimentación puede traer problemas como la obesidad.

Recuerde preferir variedades integrales.

LEGUMINOSAS Y ALIMENTOS DE ORIGEN ANIMAL.

Son fuentes de nutrientes como las proteínas que requieren nuestros músculos y órganos para funcionar de manera óptima.

Las leguminosas aportan tanto proteínas como energía.

Los alimentos de origen animal también nos proporcionan grasas necesarias para la formación de hormonas y salud en nuestra piel, entre otros beneficios.

Lo importante es consumir sólo cierto tipo de grasas como aceites vegetales, aguacate, piel de pescado pero en pequeñas cantidades, evitando la mayonesa, tocino y la yema de huevo, cuya calidad de grasas no es recomendable.

AGUA.

Nos ayuda a mantenernos hidratados y regular la temperatura corporal; es muy indispensable para la eliminación de sustancias que nuestro cuerpo no necesita a través de la orina.

Se recomienda beber 1.5 litros durante todo el día.

¿QUE ES UNA ALIMENTACION BALANCEADA?

Es el consumo de alimentos que satisface nuestras necesidades inidividuales de acuerdo al peso, talla y contribuye a un estado de salu óptimo.

PARA LOGRARLO DEBE SER:

  • Completa y variada: Incluir alimentos de los tres grupos de alimentos.

  • Inocua: que sea preparada higiénicamente y/o no sean alimentos cuya fecha de caducidad ha vencido.

  • Suficiente: de acuerdo a nuestras necesidades, principalmente de peso y talla.

  • Adecuada: según nuestros gustos y preferencias, sin  que por ello sea incompleta.

RECUERDE:

  • Lave y desinfecte muy bien frutas y verduras.

  • Revise la fecha de caducidad de los alimentos industrializados.

  • No compre latas que estén maltratadas.

  • No deje calentar demasiado el aceite al momento de preparar su alimentos y mucho menos lo reutilice.

  • Consuma variedades de leche y quesos bajos en grasa (cottage, panela, requeson, leche ligtt o descremada).

  • Matique bien sus alimentos sin comer aprisa.

  • Meriende o cene por lo  menos una hora antes de ir a la cama.

  • Beba agua natural a lo largo del día.

  • A la hora de la comida no beba más de 2 vasos de agua.

  • Realice actividad física, 30 minutos como mínimo y de manera constante.

Si tiene alguna duda respecto a sus
requerimientos individuales o
requiere de un plan de alimentación
específico, acuda al área de nutrición
de su unidad médica.

CONOCE MAS DE DIABETES MELLITUS

DIBETES MELLITUS

¿QUE ES?

La diabetes mellitus es un transtorno metabólico en el cual nuestro cuerpo no puede utilizar eficazmente la glucosa, esto se ve reflejado en los valores sanguíneos de dicha glucosa, qu se encuentra por encima de los normales, es decir más de 126 mg/dl.

Cuando comemos cierto tipo de alimentos especialmente cereales, frutas o azúcares, éstos se convierten y obtenemos glucosa de ellos. Todas las células del cuerpo necesitan glucosa para vivir ya que obtenemos energía a partir de ella.

La insulina, producida por el páncreas, es la principal sustancia u hormona responsable de que nuestro cuerpo pueda utilizar la glucosa de la sangre.

Existen 3 clases de diabetes:

  • Tipo I la producción de dicha insulina no es suficiente.


  • Tipo 2 el pácreas continúa produciendo insulina, incluso a veces en excdeso. Sin emb argo, el organismo no puede responder a ella.


  • Diabetes gestacional que únicamente se presenta durante el embarazo.

FACTORES DE RIESGO

Existen muchos factores, entre los que destacan los siguientes:

  • No realizar actividad física (sedentarismo).
  • Obesidad.
  • Alimentación inadecuada.
  • Faciliar directo (abuelos, padres, hermanos) que hayn padecido esta enfermedad.

SINTOMAS

  • Orinar frecuentemente.
  • Sentir mucha hambre.
  • Tener sed todo el tiempo.
  • Pérdida de peso repentina.
  • Heridas que no sanan rápidamente.
  • Cansancio.
  • Visión borrosa.

TRATAMIENTO:

Una vez que ha sido diagnósticada, su tratamiento su tratamiento esta basado en cuatro pilares:

  • Alimentación.
  • Actividad física.
  • Medicamentos.
  • Educación y autocontrol.

Control de peso:

La pérdida de peso, de manera paulatina y controlada ayudará a un mejor control de la enermedad.

Actividad Física:

Realizar ejercicio al menos 30 minutos diariamente, le ayudará tanto a mejorar sus niveles de glucosa en la sangre como a la pérdida de peso.

Alimentación:

Puede consumir todas las variecdades de verduras.

  • Evite con sumir frutas muy dulces como mamey, plátano, sandía, uva, tuna y mango, así como aquella que ya esté muy madura.

  • Consuma alimentos que le aporten hidratos de carbono complejos es decir, pan integral, verduras, galletas integrales y arroz.

  • Evite consumir papa, pan blanco, harinas refinadas, habas secas o garbanzos por su alto con tenido de almidón, el cual se transforma fácilmente ne glucosa.

  • Elimine los hidratos de carbono simples como azúcar, mermeladas, jaleas, refrescos, jugos de frutas especialmente los industrializados.

  • Prefiera el consumo de carnes blancas como el pescado y el pollo sobre la carne de res y de cerdo.

  • Consum,a quesos bajos en grasa como: panela, fresco, requeson, cottage.

  • Consuma leche en su variedades descremadas, así como yogurt natural.

  • Utilice aceite vegetal, de preferencia frío, a bien no lo deje sdobrecalentarse y mucho menos lo reutilice.

  • Prepare sus alimentos al vapor, hervidos, asados a la plancha.

  • No dejar pasar más de 4 hortas sin consumir algún alimento. Se sugiere realizar 5 comidas al día. Desayuno, colación, comida, colación y cena.

Acuda a su servicio de salud
para que le orienten sobre del
tratamiento médico, la realización
de actrividad física y alimentación
acorde a sus necdesidades.





jueves, 14 de octubre de 2010

CANCER DE MAMA

DETECCION OPORTUNA DE CANCER DE MAMA

¿QUE ES EL CANCER DE MAMA?

Es una enfermedad caracterizada por el desarrollo desordenado de células que se multiplican y que pueden invadir y destruir la mama y a los órganos cercanos, propagarse a sitios alejados y causar la muerte, puede aparecer en cualquier parte de la glándula mamaria. En el Estado de México es el cáncer más frecuente en la mujer.

¿QUIENES TIENEN MAS RIESGOS DE PADECER CANCER DE MAMA?

Mujeres que:
  • Son mayores de 40 años de edad.
  • Han tenido o tienen cáncer mamario u otra enfermedad en los pechos.
  • Tienen antecedentes familiares (madre o hermana) de cáncer de mama.
  • No han tenido embarazos.
  • Su primer hijo nació después de cumplir los 30 años.
  • No amamantaron.
  • Empezar a mentruiar antres de los 12 años.
  • Presentaron menopausia (última menstruación) después de los 52 años.
  • Usaron terapia de reemplazo hormonal por más de 5 años.
  • Con obesidad o sobrepeso.
  • Con sumen de manera excesiva alcohol o tabac o.
  • Son sedentarias.

¿QUE DEBE HACER UNA MUJER PARA DETECTAR A TIEMPO ESTA ENFERMEDAD?

ACCIONES BASICAS DE DETECCION.

A. Autoexploración (Exploración por una misma)
  • Desde tu primera menstruación revisa tus pechos.
  • Hazlo entre el séptimo y décimo día después de haber iniciado tu regla.
  • Si ya no mestruas, elije un día fijo para hacerlo.

B. Exploración clínica (Exploración por personal capacitado)
  • Si ya tienes 25 años o más, una vez al año después de acudir a tu clínica para una revisión.

C. Toma de mastografía.- Es un examen  radiológico de las mamas que detecta tumores muy pequeños.
  •  Si tienen de 40 a 49 años y dos o más factores de riesgo, debes realizarte una mastografía cada dos años.
  • Si tiene de 50 a 69 años, debes tomarte una mastografía anual, previa exploración clínica de las mamas.

¿COMO Y CUANDO SE REALIZA LA AUTOEXPLORACION DE MAMA?

Es importante conocer la consistencia, la textura y la forma de tus mamas para identificar cualquier cambio, porque su forma y tamaño varian con la edad, el ciclo mentrual, el embarazo y la lactancia.

OBSERVATE DE PIE FRENTE A UN ESPEJO

Desnuda, de pie frente al espejo, observa tus pechos con los brazos extendidos, después con los brazos en alto. coloca tus manos en las caderas, presiona firmemente e inclínate un poco hacia delante. fionalmente con los brazos extendidos hacia arriba, fíjate si hay deformación en las mamas, cambios de color, pezón desviado o hundido, salida de secreción a través del pezón, enrojecimientos, humdimientos y cambios en la piel.

TOCA Y SIENTE

Con la yema de los dedos, haciendo presión, puedes hacer mientras te bañas.
  • De pie con una mano detrás de la cabeza, explora toda tu mama con movimientos circulares, enmpezando por la axila hasta termianr en el pezón.
  • Aprieta o comprimer la mama y observa si hay salida de líquido anormal por el pezón.
  • Acostada con una almohada bajo la espalda de lado a explorar y el brazo detrás de la cabeza, vuelve a explorar toda la mama con movimientos circulares desde la axila hasta el pezon.

Busca bolitas, endurecimientos o hundimientos. Si observas o encuentras algo que no habías visto o sentido antes, acude a consulta médica.

¡RECUERDA!

  • El cáncer de mama es curable si se detecta a tiempo.
  • La lactancia materna disminuye el riesgo de padecerlo.
  • Solicita tu cartilla de la mujer para llevar un control y seguimiento.
  • De cada 10 mujeres a las que se les encuentra o detecta un tumor, uno es maligno o canceroso, pero sólo el médico, apoyado con estudios específicos, puede diagnosticarlo.

INFORMES
Subdirección de Prevención y
Protección de la Salud del ISSEMyM,
Edificio Tella ler piso,
21 de Marzo No. 101, esquina Ezequiel Ordoñez,
Col. La Merced, toluca, Estado de México
Tel: (01 722) 2 15 96 80
Exts. 1320 y 1324


INFORMACION SOBRE CANCER CERVICO UTERINO

ISSEMYM

CANCER CERVICO UTERINO

¿QUÉ ES EL CÁNCER CÉRVICO UTERINO?

Es una enfermedad caracterizada por el crecimiento descontrolado de células anormales, que se multiplican y pueden destruir órganos cercanos, proparagarse a sitios alejados y causar la muerte.

Se desarrolla en la parte posterior de la vagina, donde inicia la matriz y se denomina cérvix o cuello de la matriz (por donde pasan los niños al momento del parto).

  • Aparece sin que te des cuenta.
  • Avanza lentamente.
  • Al inicio no causa nolestias ni dolor.
  • Afecta a las mujeres de todas las edades.
  • El 99.7% es causado por el Virus del Papiloma Humano (VPH).
  • Una forma de descubrirlo a tiempo des haciéndote la prueba del cáncer de cuello de la matriz (papanicolaou)

¿A QUIENES LES PUEDE DAR CÁNCER EN LA MATRIZ CON MAS FRECUENCIA?

A las mujeres que:

  • Nunca se han realizado una prueba de papanicolaou. el cáncer cervico uterino tarda en promedio 10 años para desarrollarse.
  • Tienen más de 25 años de edad, principalmente mayores de 35 años, pues a mayor edad, mayor riesgo.
  • Inician relaciones sexuales antes de los 18 años. Mientras más joven, el tejido del cuello de la matriz es más inmaduro y por lo tanto más débil para defender del VHP.
  • Han tenido o tienen más de una pareja sexual (o bien, si su pareja es quien la tiene). El VHP puede estar presente sin dar problemas tanto en el hombre como en la mujer. El uso del condón reduce el riesgo de contagio.
  • Han tendio infecciones vaginales frecuentes (flujo o desecho).
  • Fuman. el tabaco contiene sustancias tóxicas que alteran y debilitan las células, haciéndolas más frágildes.
  • No incluyen verduras y frutas en su alimentación. Las vitaminas ayudan a que nuestros tejidos sean más resistentes.

¿QUE ES EL PAPANICOLAOU?

Es una prueba sencilla que consiste en estudiar las células obtenidas del cuello de la matriz.

¿Para qué sirve?

 Permite identificar anomalías, lesiones precancerosas o cáncer de cuello uterino en etapa temprana.

¿El papanicolaou puede prevenir el cáncer cérvico uterino?

Puede prevenir el cáncer cuando se detectan lesiones precancerosas y se tratran adecuada y oportunamente.

¿Cuanto tarda la prueba?

Unos minutos que pueden ser meses de tranquilidad.

¿Cada cuando se debe hacer el papanicolaou?

Es recomendable que las dos primeras veces sea cada año y si los resultados fueron negativos, entonces cada tres años, o bien cuando tu médico lo indique.

RECOMENDACIONES PARA SOMETERSE A UN EXAMEN DE PAPANICOLAOU

  • No estar menstruando.
  • No estar recibiendo tratamiento vaginal en ese momento (con óvulos o cremas vaginales).
RECUERDA:

Cada dos horas, en México muere una mujer por cáncer cérvico uterino ¡No dejes que te suceda a ti!

El cáncer es prevenible y curable si se detecta y se trata a tiempo.

Acude con tu médico para que te realice el examen de papanicolaou.

NO DEJES QUE EL CÁNCER CERVICO
UTERINO DESTRUYA A TU FAMILIA

UNA MUJER SANA FISICA Y MENTALMENTE,
PUEDE ENFRENTAR LA VIDA

       

MODULOS DE ATENCION PARA EL CHEQUEO MEDICO

EVALUACION MEDICA POR UNIDADES MOVILES

El programa de Evaluacion médica en Unidades Móviles te proporciona una atención médico-integral preventiva en tu centro de trabajo, destacando factores de riesgo cardiovascular y de enfermedades crónico-degenerativas, que puedan resultar perjudiciales para tu salud, apoyados por exámenes de laboratorio y somatometría.

SE REALIZA DETECCION DE:
  • Hipertensión arterial (presión alta)
  • Diabetes mellitus (glucosa alta)
  • Dislipidemias (colesterol y trigliceridos altos)
  • Obesidad (por índice de masa corporal)
  • Estrés.

PREOCUPADOS POR TU SALUD TE PROPORCIONAMOS:
  • Inmunizaciones (vacunas en personas con riesgo).
  • Toma de papanicolaou y/o exploración de mama.
  • Información mediante trípticos

Te brindamos una orientación médica, nutricional y psicológica, de acuerdo con tus resultados de forma inmediata.

Y si requieres atención médica se te refiere a tu clínica de adscripción para tu seguimiento, control y/o tratamiento oportuno, y de esta manera preservar tu salud.


REQUISITOS:
  • Credencial de ISSEMYM y/o talón de pago.
  • Higiene personal.
  • Presentarse en ayuno absoluto.
  • Traer alimento para consumir al final de los estudios.
  • Traer ropa ligera y comoda.
  • Si toma algún medicamento traerlo consigo (para que lo tome después de los exámenes).

PAPANICOLAOU
  • Baño completo el día del estudio.
  • No estar menstruando (cinco ´días después del último día de menstruación y sin ducha vaginal).
  • No tener relaciones sexuales mínimo 72 horas antes del estudio.
  • No aplicarse óvulos, pomadas o duchas vaginales 48 horas antes del estudio.

Acudimos a tu Centro de trabajo
porque nos preocupa tu salud.

INFORMES:

Subdirección de Prevención y Protección de la Salud del ISSEMyM,
Edificio "Tella" 1er. Piso, 21 de Marzo No. 101.
Esquina Ezequiel Ordoñez, col. La Merced, Toluca, Estado de México,
Tel. (01 722) 2 15 96 80. Exts. 1329 y 1252.





lunes, 11 de octubre de 2010

DELEGACION SINDICAL P211-08PRIM SERVICIOS MEDICOS AMECAMECA

 SINDICATO DE MAESTROS AL SERVICIO DEL ESTADO DE MEXICO

COMITE EJECUTIVO ESTATAL
2009 - 2012

DELEGACION SINDICAL P211-08PRIM.

COMPAÑERO MAESTRO TU DELEGACION SINDICAL TE INFORMA SOBRE LOS SERVICIOS DE LA CLINICA REGIONAL DE ISEMYM AMECAMECA.

CLINICA REGIONAL ISSEMYM AMECAMECA

DIRECTOR. DR. JOSE JESUS SILVA CARDENAS

DOMICILIO: AV. 20 DE NOVIEMBRE S/N, CARRETERA MEXICO CUAUTLA.

TELEFONOS: 015979783446, TRABAJO SOCIAL: 015979780320.


SERVICIOS QUE BRINDA

A) CONSULTAS GENERALES EXTERNAS: de lunes a viernes, matutinas de 8:00 a 14:00 y por la tarde 14:00 a 20:00 hrs.

B) SERVICIO DE PEDIATRIA: De lunes a viernes de 8:00 A 14:00 hrs. Por la tarde de 14:00 a 20:00 Hrs.

C) SERVICIO DE ODONTOLOGIA: De lunes a viernes de14:00 a 20:00 Hrs.

D) RAYOS X: De lunes a viernes en el trno vespertino.

E) SERVICIO DE URGENCIAS: Las 24 hrs. del día, los 365 días del año.

F) TURNO ESPECIAL: Sábados, Domignos y Días Festivos de 8:00 a 20:00 hrs.

G) FARMACIA: Los 365 días del año de 8:00 a 20:000 hrs.


COBERTURA: Brinda atencion a los derechohabientes de los municipios de Amecameca, Ayapango y Tlalmanalco.

FICHAS:

CONSULTA EXTERNAS: Se entregan de lunes a viernes a las 7:00 hrs. para ambos turnos (matutino y vespertino)

TURNO ESPECIAL:  Se entregan a las 7:30 hrs.


INCAPACIDADES:

El médico de urgencias sólo puede incapacidades de 1 hasta por 3 días.

El médico de cunsulta externa podrá otorgasr hasta 7 días.

El especialista hasta por 28 días.


CONSTANCIAS DE PERMANENCIA

Es obligación de ISSEMyM otorgártela y es valida para justitificar tu inasistencia en tu centro de trabajo de acuerdo a lo establecido en lso Arts. 61 y 62 de las Disposiciones Reglamentarias en Materia Laboral para los Servidores Públicos Docentes del Subsistema Educativo Estatal.


COMPAÑERO:

Es importante que stés dado de alta en ISSEMyM, para evitar contratiempos, acude a realizar tus trámitese respectivos a la Unidad Administrativa de Amecameca.

Teléfono: 0159780841

Responsable:

C. César González Trejo, Jefe de la Oficina al Derechohabiente de Amecameca.

DIRECTORIO:

PROFRA. LUZ DEL CARMEN FERNANDEZ SACHEZ
SECRETARIA GENERAL
TEL.: 0445534043121

PROFR. DEMETRIO VELAZQUEZ ALVARADO
SECRETARIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
TEL.: 0445513795453

PROFRA. MA. DEL ROSARIO PONCE GARCIA
SECRETARIA DE ORGANIZACION Y FINANZAS.
TEL.: 0445522465562

PROFR. HUGO IBARRA MOLINA
SECRETARIO DE PREPARACION PROFESIONAL Y RELACIONES
TEL.: 0445513557521.

PROFRA. CARMEN MARTINEZ PADILLA,
SECRETARIA DE PRENSA Y ACCION POLITICA.
TEL.: 0445535566868.





domingo, 10 de octubre de 2010

REGLAMENTO DE AFILIACION DE LOS DERECHOHABIENTES

LICENCIADO ENRIQUE PEÑA NIETO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTÍCULO 77 FRACCIONES II, XXVIII Y XLV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 2 Y 8 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; Y
C O N S I D E R A N D O

Que uno de los objetivos del Gobierno a mi cargo es lograr una gestión pública cercana a la ciudadanía y con capacidad para responder de manera oportuna y eficiente a las demandas de la población.

Que la modernización de la administración pública implica la evaluación permanente de sus procedimientos y estrategias a fin de consolidar aquellas que contribuyen al cumplimiento de los objetivos institucionales y replantear las que resulten insuficientes para tal propósito, aprovechando en todo momento las oportunidades de mejora.

Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2005 – 2011, sintetiza los anhelos y aspiraciones de nuestra sociedad; su integración es producto de un intenso ejercicio democrático, en el que los diversos sectores sociales nutrieron con su sentir la visión del Estado que todos queremos, por ello reviste una enorme importancia, ya que se traduce en el documento rector del desarrollo de nuestra entidad federativa y en donde se establecen las políticas públicas que la presente administración pública estatal habrá de implementar para brindar una seguridad integral a cada mexiquense.

Que dicho Plan establece que la Administración Pública Estatal debe tener una mayor capacidad de respuesta para atender con oportunidad las necesidades y expectativas de la población mexiquense, lo que implica necesariamente se instrumenten y ejecuten programas para tal efecto, se adecuen las formas de organización jurídica administrativa, se establezcan autocontroles de las funciones administrativas y se modernice el marco jurídico de actuación de las autoridades estatales.

Que el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios no puede estar ajeno a este proceso de modernización de la Administración Pública Estatal, en virtud de que en términos de los artículos 45 y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México forma parte del Poder Ejecutivo y está obligado de conformidad con la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios a cumplir las disposiciones que rigen el Sistema de Planeación Democrática.

Que con fecha 6 de septiembre de 1999, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el Reglamento para la Afiliación de Dependientes Económicos al Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios; mismo que es necesario adecuar a la situación actual del Instituto de Seguridad Social del Estado de México conforme a las disposiciones de la Ley vigente.

Que la H. “LIV” Legislatura del Estado de México, mediante decreto número 53 expidió la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios, la cual entró en vigor el 1 de julio de 2002, y en su Artículo Vigésimo Segundo Transitorio dispuso que el Gobernador Constitucional del Estado expedirá las disposiciones reglamentarias del ordenamiento legal en mención para su debida aplicación.
Que al Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios corresponde la aplicación de las disposiciones de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios, para tal efecto deberá establecer en el ámbito de su competencia, los mecanismos e instrumentos necesarios para su mejor ejecución y observancia.

Que en virtud de lo anterior, el H. Consejo Directivo del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios, en su sesión ordinaria número 1639, celebrada el día 13 de agosto de dos mil ocho, a través del ACUERDO ISSEMYM/1639/008, con fundamento en las fracciones VIII y XII del artículo 20 de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios, tuvo a bien aprobar el Reglamento para la Afiliación de los Derechohabientes del Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios, tal y como se presenta.

Que el Ejecutivo a mi cargo estima que es inaplazable se actualicen las disposiciones reglamentarias de la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios, para su debida aplicación, a fin de evitar el uso de métodos integradores de la ley, para la tramitación y resolución de los asuntos relacionados con la afiliación de los servidores públicos, pensionados, pensionistas, familiares y dependientes económicos al Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios.

Que en estricta observancia a los artículos 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, este instrumento se encuentra debidamente refrendado por el Licenciado Luis Enrique Miranda Nava, Secretario General de Gobierno del Estado de México; y En mérito de lo expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA AFILIACIÓN DE LOS DERECHOHABIENTES DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

TÍTULO PRIMERO
DE LA AFILIACIÓN

CAPÍTULO I
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar el procedimiento para la afiliación de los derechohabientes a los que se refiere la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios.

Artículo 2.- Para los efectos de este reglamento se entiende por:

I. Afiliación: Al procedimiento de registro al Instituto de los servidores públicos, pensionados, pensionistas y familiares o dependientes económicos contemplados en la Ley.

II. Comité de Afiliación: Al órgano auxiliar del H. Consejo Directivo, que establece el artículo 11 fracción V del Reglamento Interior del Instituto; el cual tiene facultades para resolver sobre la solicitud de afiliación a los sujetos referidos en el artículo 5 fracción VI numerales 5 y 6 de la Ley.

III. Comprobante de pago: Al documento emitido por la Institución Pública, que describe las percepciones y deducciones del servidor público, pensionado o pensionista.

IV. Departamento de Salud en el Trabajo: Unidad administrativa del Instituto responsable de emitir el dictamen de inhabilitación.
V. Dependencia económica: Situación que se da cuando el servidor público o pensionado, proporciona a un posible beneficiario los elementos para su subsistencia, tales como habitación, alimentación, vestido, asistencia médica y hospitalaria, en caso de enfermedad.

VI. Derechohabiente: Al servidor público, pensionado, pensionista, familiares o dependientes económicos, que tengan vigente su derecho a recibir las prestaciones del Instituto, en los términos de la Ley.

VII. Dictamen de afiliación: Es el documento que emite el Comité de Afiliación, mediante el cual se comunica de manera fundada y motivada al servidor público o pensionado, el resultado de la solicitud de afiliación de un posible beneficiario al Instituto.

VIII. Dictamen de inhabilitación: Al documento médico emitido por el Departamento de Salud en el Trabajo del Instituto, que contiene la determinación sobre la resolución de una incapacidad física o mental que impide a un servidor público o posible beneficiario desempeñar su trabajo.

IX. Estudio socioeconómico: A la investigación de campo realizada por personal del Instituto, para determinar la existencia de la dependencia económica y en su caso, de cohabitación, de un posible beneficiario con respecto al servidor público o pensionado.

X. Identificación institucional: A la credencial expedida por el Instituto a sus derechohabientes.

XI. Identificación oficial: Al pasaporte, credencial de elector, cédula profesional, matrícula consular expedida por la Secretaría de Relaciones Exteriores a ciudadanos mexicanos domiciliados en el extranjero o Cartilla de Identidad Militar.

XII. Instituto: Al Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios, al que podrá identificarse por las siglas ISSEMYM.

XIII. Ley: A la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios.

XIV. Posible beneficiario: A las personas que se encuentran en posibilidad de tener el carácter de derechohabiente de este Instituto, y que para tal efecto están comprendidas en el artículo 5 fracción VI numerales 5 y 6 de la Ley, siempre y cuando no estén sujetos a otro régimen de seguridad social.

XV. Resolución: Es el documento debidamente fundado y motivado, por medio del cual se resuelve de manera concluyente el recurso administrativo de inconformidad.

XVI. Unidades de Atención: A las unidades y oficinas de atención al derechohabiente.

XVII. Vigencia de derechos: Calidad de ser derechohabiente del Instituto.

Artículo 3.- El Instituto otorgará la afiliación cuando los sujetos mencionados en las fracciones II, III y IV del artículo 3 de la Ley, acrediten sus derechos conforme a las disposiciones aplicables de este Reglamento y al procedimiento que el mismo establezca para tal efecto.

CAPÍTULO II
DE LOS REQUISITOS PARA LA AFILIACIÓN

Artículo 4.- El Instituto afiliará a los servidores públicos, pensionados, pensionistas y familiares utilizando el formato de solicitud que para tal efecto expida.

Artículo 5.- El Instituto, como resultado de la afiliación expedirá a los derechohabientes una identificación institucional, para facilitar el acceso a las prestaciones previstas en la Ley.

Esta identificación podrá ser repuesta cuando el derechohabiente lo solicite presentando el documento que acredite el extravío, robo o deterioro, y haya pagado los derechos correspondientes.

En caso de que una identificación institucional establezca expresamente una vigencia determinada, los derechohabientes podrán obtener la renovación de la misma, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente reglamento.

Artículo 6.- El Instituto podrá negar la afiliación y el otorgamiento de la identificación institucional, si durante su realización se advierten inconsistencias, irregularidades o falsedad en la documentación presentada, que trasciendan en su resultado.

Artículo 7.- Los derechohabientes tienen la obligación de renovar la identificación institucional; para el caso de menores de edad, su renovación será cada cinco años hasta cumplir 18 años, en el caso de los mayores de edad, será cada diez años.

Artículo 8.- Los servidores públicos, pensionados, pensionistas y familiares, para formalizar su afiliación, deberán presentar la siguiente documentación:

I. Los servidores públicos:

a) Original o copia certificada legible del acta de nacimiento;

b) Identificación oficial; y

c) Aviso de movimiento de alta o último comprobante de pago que contenga la clave ISSEMYM.

II. Los cónyuges y los concubinos:

a) Original o copia certificada legible del acta de nacimiento;

b) Identificación oficial;

c) Original o copia certificada legible del acta de matrimonio, o resolución emitida por autoridad jurisdiccional competente, que acredite el concubinato, siempre y cuando cumpla con el término señalado en el artículo 5 fracción VI numeral 2 de la Ley, a entera satisfacción del Instituto; las cuales deberán ser expedidas por lo menos con una anterioridad de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de afiliación; y

d) Para los concubinos, acreditar no estar sujeto a otro régimen de seguridad social. Para tal efecto, el Instituto podrá verificar directamente ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o ante cualquier otra institución de seguridad social que se considere pertinente, la constancia de no afiliación como un requisito de procedencia del presente trámite administrativo.

III. Los hijos:

a) Original o copia certificada legible del acta de nacimiento; o en su caso, documento legal que acredite la adopción. Tratándose de mayores de 16 años, deberá ser expedida por lo menos con una anterioridad de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de afiliación;

b) Identificación oficial para mayores de 18 años, y tratándose de menores de edad, el Instituto podrá requerir se exhiban documentales con fotografía que permitan su plena identificación; y

c) En el caso de hijos cuya edad se encuentre entre los 18 y 25 años, comprobante de inscripción o constancia de estudios del periodo escolar expedidos por plantel oficial reconocido de nivel medio superior o superior, que se validará con base al listado que mediante comunicación oficial emite la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Educación del Estado de México, Universidades de la República o del Extranjero. La afiliación tendrá vigencia por el periodo comprendido por el ciclo escolar descrito en el documento presentado, más dos meses adicionales.

IV. Pensionados o pensionistas:

a) Dictamen emitido por el Presidente del Comité de Pensiones en donde se aprueba la pensión;

b) Identificación oficial para personas mayores de 18 años, y tratándose de menores de edad, el
Instituto podrá requerir se exhiban documentales que permitan su plena identificación; y

c) En el caso de hijos pensionistas cuya edad se encuentre entre los 18 y 25 años, comprobante de inscripción o constancia de estudios del periodo escolar expedidos por plantel oficial reconocido de nivel medio superior o superior, que se validará con base al listado que mediante comunicación oficial emite la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Educación del Estado de México, Universidades de la República o del Extranjero. La afiliación tendrá vigencia por el periodo comprendido por el ciclo escolar descrito en el documento presentado, más dos meses adicionales.

Artículo 9.- Los servidores públicos o pensionados que soliciten la afiliación de sus ascendientes en Línea directa mayores de 60 años o hijos mayores de 18 años inhabilitados física o mentalmente, deberán entregar los documentos siguientes:

I. Los ascendientes en línea directa mayores de 60 años que dependan económicamente del servidor público o pensionado:

a) Original o copia certificada legible de las actas de nacimiento del solicitante y del posible beneficiario;

b) Original o copia certificada legible del acta de nacimiento del cónyuge o concubino del posible beneficiario, en los casos que proceda, la cual deberá ser expedida por lo menos con una anterioridad de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de afiliación;

c) Identificación oficial del solicitante y del ascendiente en línea directa. El Instituto podrá exceptuar la presentación de ésta para los casos en que el posible beneficiario se encuentre imposibilitado para tramitarla, para lo cual deberá presentar la constancia de identificación con fotografía expedida por autoridad municipal o fedatario público;

d) Copia del comprobante de pago del solicitante, con una antigüedad no mayor a tres quincenas; en caso de manifestar otros ingresos, deberá acreditarlos con documentos, a entera satisfacción del Instituto; y

e) Original o copia certificada del acta de divorcio o de defunción del cónyuge o concubino del posible beneficiario, en los casos en que proceda. El Instituto podrá requerir al solicitante o directamente ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o ante cualquier otra institución de seguridad social que se considere pertinente, la constancia de no afiliación como un requisito de procedencia del presente trámite administrativo.

II. Los ascendientes en línea directa mayores de 60 años que se encuentren incapacitados física o mentalmente:

a) Original o copias certificadas legibles de las actas de nacimiento del solicitante y del posible beneficiario;

b) Resumen clínico expedido, cuando menos con tres meses anteriores a la presentación de la solicitud, por cualquier institución del sector salud o médico particular. Este documento servirá como referencia para determinar la procedencia de la valoración médica del posible beneficiario, para la expedición del dictamen de inhabilitación por parte del Instituto; e
c) Identificación oficial del solicitante y del ascendiente en línea directa. El Instituto podrá exceptuar la presentación de ésta para los casos en que el posible beneficiario se encuentre imposibilitado para tramitarla, para lo cual deberá presentar la constancia de identificación con fotografía expedida por autoridad municipal o fedatario público.

El Instituto podrá requerir al solicitante o directamente ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o ante cualquier otra institución de seguridad social que se considere pertinente, la constancia de no afiliación como un requisito de procedencia del presente trámite administrativo.

III. En los casos de los hijos mayores de 18 años inhabilitados física o mentalmente:

a) Original o copias certificadas legibles de las actas de nacimiento del solicitante y del posible beneficiario; o en su caso, documento legal que acredite la adopción, el cual deberá ser expedido por lo menos con una anterioridad de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de afiliación;

b) Resumen clínico expedido, cuando menos con tres meses anteriores a la presentación de la solicitud, por cualquier institución del sector salud o médico particular. Este documento servirá como referencia para determinar la procedencia de la valoración médica del posible beneficiario, para la expedición del dictamen de inhabilitación por parte del Instituto; e

c) Identificación oficial del solicitante y del descendiente. El Instituto podrá exceptuar la presentación de ésta para los casos en que el posible beneficiario se encuentre imposibilitado para tramitarla, para lo cual deberá presentar la constancia de identificación con fotografía expedida por autoridad municipal o fedatario público.

El Instituto podrá requerir al solicitante o directamente ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o ante cualquier otra institución de seguridad social que se considere pertinente, la constancia de no afiliación como un requisito de procedencia del presente trámite administrativo.

TÍTULO SEGUNDO
DEL COMITÉ DE AFILIACIÓN

CAPÍTULO I
DE SU OBJETIVO E INTEGRACIÓN

Artículo 10.- De conformidad con el artículo 11 fracción V del Reglamento Interior del Instituto, se crea el Comité de Afiliación como órgano auxiliar del Consejo Directivo, el cual resolverá las solicitudes de afiliación de los ascendientes mayores de 60 años que dependan económicamente del servidor público o pensionado, o se encuentren inhabilitados física o mentalmente, y de los hijos mayores de 18 años inhabilitados física o mentalmente, a que se refiere la Ley.

Artículo 11.- El Comité de Afiliación, es un órgano colegiado con facultades decisorias para dictaminar las solicitudes de la afiliación de los posibles beneficiarios, en base a la información contenida en los expedientes integrados con motivo de las solicitudes.

Artículo 12.- El Comité de Afiliación estará integrado por:

I. Un Presidente, que será el Director de Seguridad Social;

II. Un Secretario Técnico, que será el Subdirector de Relaciones Interinstitucionales.

III. Ocho vocales:

a) Un Representante del Sindicato Único de Trabajadores de los Poderes, Municipios e
Instituciones Descentralizadas del Estado de México;
b) Un Representante del Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de México;

c) Un Representante de la agrupación mayoritaria de pensionados;

d) Un representante de los sindicatos universitarios del Estado de México;

e) El Director de Unidad de Atención al Derechohabiente;

f) El Jefe del Departamento de Vigencia de Derechos;

g) Un representante de la Unidad Jurídica y Consultiva del Instituto; y

h) Un representante de la Unidad de Contraloría Interna del Instituto. Por cada uno de los integrantes del Comité de Afiliación, a excepción del Presidente y del Secretario Técnico, se nombrará un suplente.

Artículo 13.- Los integrantes del Comité de Afiliación tendrán las siguientes facultades y obligaciones:

I. Del Presidente:

a) Presidir las sesiones del Comité de Afiliación;

b) Vigilar el cumplimiento de la periodicidad de las sesiones;

c) Presentar y supervisar el cumplimiento del orden del día de las sesiones;

d) Representar al Comité de Afiliación en todos los asuntos que le competan;

e) Aprobar y firmar las actas de las sesiones;

f) Emitir su opinión y voto en forma directa en el pleno de la sesión sobre el trámite de afiliación y los asuntos que en el ámbito de su competencia se sometan a consideración del Comité de Afiliación;

g) Presentar al Consejo Directivo el informe de las actividades realizadas por el Comité de Afiliación;

h) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Ley y del presente reglamento;

i) Emitir voto de calidad en caso de empate en las votaciones; y

j) Las demás que le confieran la ley y sus disposiciones reglamentarias.

II. Del Secretario Técnico:

a) Elaborar el orden del día;

b) Convocar a las sesiones del Comité de Afiliación;

c) Remitir a los miembros del Comité de Afiliación al menos con un día de anticipación a la celebración de la sesión, el orden del día y la relación de los asuntos a tratar;

d) Someter a la consideración del Comité de Afiliación el formato de estudio socioeconómico;

e) Remitir a la Unidad Jurídica y Consultiva del Instituto los recursos administrativos de inconformidad presentados en contra de los dictámenes de afiliación, a fin de que emita opinión jurídica respecto del asunto turnado;

f) Someter a consideración de los integrantes del Comité de Afiliación, el calendario de las sesiones;

g) Levantar las minutas de las reuniones y registrar los acuerdos;

h) Llevar un control de los acuerdos aprobados por el Comité y dar seguimiento para el cumplimiento de los mismos;

i) Actuar como moderador en las sesiones del Comité de Afiliación, solo con derecho a voz;

j) Emitir su opinión y voto en forma directa en el pleno de la sesión sobre el trámite de afiliación y los asuntos que en el ámbito de su competencia se sometan a consideración del Comité de
Afiliación;

k) Atender la correspondencia que reciba el Comité de Afiliación;

l) Auxiliar al Presidente del Comité de Afiliación en todas las labores administrativas que se requieran; y

m) Ejecutar todas aquellas acciones que le confiera la ley, sus disposiciones reglamentarias y el Comité de Afiliación.

III. De los vocales:

a) Asistir puntualmente a las sesiones;

b) Cumplir con oportunidad las actividades que les confiera el Comité de Afiliación;

c) Emitir su opinión y voto en forma directa en el pleno de la sesión sobre el trámite de afiliación y los asuntos que en el ámbito de su competencia se sometan a consideración del Comité de Afiliación; y

d) Firmar las actas de las sesiones. El vocal representante del Departamento de Vigencia de Derechos, además de las señaladas, deberá preparar la documentación de los expedientes a tratar en cada sesión.
Los integrantes del Comité de Afiliación tendrán derecho a voz y voto, con excepción de los representantes de la Unidad Jurídica y Consultiva, de la Unidad de Contraloría Interna y del Secretario Técnico, quienes solo tendrán voz.

Artículo 14.- Los dictámenes y resoluciones se decidirán por unanimidad o mayoría de votos de los integrantes del Comité de Afiliación; en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.

Artículo 15.- El Comité podrá sesionar cuando se reúnan por lo menos el Presidente, Secretario
Técnico y cuatro vocales o sus suplentes.

Artículo 16.- El Comité de Afiliación, sesionará cuando menos una vez a la semana en forma ordinaria, y podrá celebrar sesiones extraordinarias cuando el número de solicitudes o asuntos a tratar así lo ameriten.

Artículo 17.- Las sesiones ordinarias del Comité de Afiliación se celebrarán de acuerdo al calendario que para tal efecto apruebe.

CAPÍTULO II
DE SUS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES

Artículo 18.- El Comité de Afiliación tendrá las siguientes funciones y atribuciones:

I. Dictaminar respecto de las solicitudes de afiliación de los posibles beneficiarios;

II. Resolver los re cursos administrativos de inconformidad que se presenten en contra de sus dictámenes, considerando la opinión que para tal efecto emita la Unidad Jurídica y Consultiva.

III. Otorgar las afiliaciones por periodos definidos, cuando la autoridad competente del Instituto, califique como temporal el estado de inhabilitación física o mental del posible beneficiario;

IV. Proporcionar la información que le sea solicitada por las áreas competentes del Instituto;

V. Requerir a los servidores públicos o pensionados la información, documentación o cualquier otro elemento necesario, para determinar la acreditación de la dependencia económica o de la incapacidad física o mental del posible beneficiario;

VI. Verificar en cualquier momento la autenticidad de los documentos y la justificación de los hechos que hayan servido de base para conceder una afiliación o realizar por excepción un estudio socioeconómico;

VII. Revisar en cualquier momento la continuidad de la dependencia económica de los posibles beneficiarios con respecto al solicitante;

VIII. Aprobar el formato de Estudio Socioeconómico que corresponda; y

IX. Las demás que le señale la Ley, el presente Reglamento y otras disposiciones reglamentarias.

CAPÍTULO III
DEL PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN DE ASCENDIENTES E HIJOS MAYORES DE 18 AÑOS INHABILITADOS

Artículo 19.- Todas las solicitudes de afiliación, deberán cumplir con los requisitos y serán entregadas en las Unidades de Atención más cercana al domicilio del servidor público o pensionado.

Artículo 20.- Las Unidades de Atención sólo recibirán las solicitudes que se encuentren debidamente integradas de acuerdo con los requisitos indicados en el presente Reglamento.

Artículo 21.- Cuando el Comité de Afiliación determine que un posible beneficiario deba ser valorado clínicamente para determinar su estado de inhabilitación física o mental, se canalizará al Departamento de Salud en el Trabajo del Instituto; en el caso de que el posible beneficiario no asista el día, lugar y hora señalados, la solicitud será cancelada.

Artículo 22.- El Instituto aplicará el estudio socioeconómico con valor probatorio, al que se refiere el párrafo segundo del artículo 8 de la Ley, con el objeto de acreditar la dependencia económica del posible beneficiario.

Para tal efecto, el área de Trabajo Social del Instituto realizará los estudios socioeconómicos y visitas domiciliarias a los posibles beneficiarios, en los cuales solicitará identificación oficial, para acreditar la identidad del entrevistado.

Así mismo, podrá solicitar documentales que permitan allegarse de elementos que acrediten la dependencia económica del posible beneficiario respecto al solicitante, tales como:

a) Actas de nacimiento o adopción;

b) Actas de matrimonio, concubinato o defunción;

c) Comprobantes de ingresos;

d) Títulos o registros de propiedad;

e) Comprobantes de domicilio;

f) Resumen clínico o comprobantes médicos; y

g) Comprobantes disponibles de gastos de vivienda, alimentación, vestido y/o atención médica. En caso de existir alguna incapacidad para responder al estudio, algún familiar o persona que cuente con la información correspondiente, podrá dar respuesta al trabajador social.

El estudio socioeconómico se realizará conforme al formato aprobado por el Comité de Afiliación; el cual contendrá datos generales del solicitante y posibles beneficiarios, descripción del núcleo familiar, descripción de ingresos y egresos del núcleo familiar, así como información relevante para la determinación de la dependencia económica.

En todos los casos deberá contener la firma del entrevistado, con la cual se avala que la información descrita en el documento fue la manifestada por él mismo, así como la firma del trabajador social que elabora y valida la realización del estudio socioeconómico.

Artículo 23.- Será improcedente la solicitud de afiliación, cuando por causas imputables al entrevistado, no se realice la inspección ocular en el domicilio, o bien si durante la realización del estudio socioeconómico se niegue a dar la información solicitada en el formato establecido; así como, cuando se adviertan incongruencias entre lo declarado por el entrevistado y la información obtenida por el entrevistador.

Artículo 24.- Las solicitudes que cumplan con la totalidad de los requisitos, serán enviadas al Departamento de Vigencia de Derechos, el que integrará la documentación necesaria y la turnará al Comité de Afiliación para que emita su dictamen.

Artículo 25.- Las solicitudes de afiliación que se presenten en caso de urgencia médica del posible beneficiario, o aquellas que carezcan de algún requisito documental que marque el procedimiento, a excepción del estudio socioeconómico que es requisito indispensable para análisis y emisión del dictamen, podrán ser sesionadas en el Comité de Afiliación previa autorización que por escrito formule el Presidente del Comité de Afiliación.

Artículo 26.- Si en cumplimiento de lo dispuesto por el párrafo segundo del Artículo 8 de la Ley, no se llegase a encontrar al posible beneficiario en dos visitas domiciliarias, el trámite se tendrá por cancelado.

Artículo 27.- Como excepción al Artículo que antecede, el servidor público o pensionado tendrá por única ocasión, un término de tres días hábiles a partir de la notificación de la segunda visita para solicitar al Comité de Afiliación, se realice una nueva visita domiciliaria, con la finalidad de efectuar el estudio socioeconómico, previa acreditación de las razones o exhibición de las constancias documentales que sustenten su petición, misma que quedará sujeta a la valoración de dicha autoridad.

Artículo 28.- Será causa de cancelación de la afiliación cuando un derechohabiente que haya sido afiliado en términos de lo que establece el Artículo 5, fracción VI numerales 5 y 6 de la Ley, adquiera la calidad de servidor público a los que hace referencia el Artículo 5 fracción III de la Ley, por lo que deberá realizar su afiliación bajo este supuesto.

Artículo 29.- En caso de que el Comité de Afiliación resuelva sobre la procedencia de la solicitud de afiliación, los ascendientes en línea directa mayores de 60 años o hijos mayores de 18 años inhabilitados física o mentalmente, deberán presentar para su registro y emisión de la identificación institucional, el original del dictamen o la resolución en donde se autoriza la afiliación, expedida por el Comité de Afiliación.

CAPÍTULO IV
DE SUS DICTÁMENES Y RESOLUCIONES

Artículo 30.- El Comité de Afiliación deberá fundar y motivar sus dictámenes y resoluciones.

Artículo 31.- Los dictámenes y resoluciones serán remitidos a la Unidad de Atención que corresponda, con la finalidad de que los solicitantes sean notificados del resultado de su solicitud.

Artículo 32.-El Comité de Afiliación tramitará y resolverá los recursos administrativos de inconformidad que presenten los servidores públicos o pensionados en contra de sus dictámenes.

Artículo 33.- Cuando la solicitud de afiliación cumpla con todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento, incluyendo el estudio socioeconómico, el Instituto dará respuesta en un plazo no mayor a treinta días hábiles, a excepción de aquellas solicitudes que por su naturaleza requieran mayor tiempo para su dictamen o resolución.

El dictamen o resolución estará a disposición del solicitante en la Unidad de Atención donde se inició el trámite.

Artículo 34.- Cuando se haya dictaminado o resuelto de manera improcedente, o cancelado un trámite de afiliación de ascendientes mayores de 60 años o hijos mayores de 18 años inhabilitados física o mentalmente, el servidor público o pensionado, podrá solicitar nuevamente el mismo trámite una vez trascurrido el término de seis meses después de haberse notificado la respuesta de la anterior petición.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente reglamento en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

SEGUNDO.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

TERCERO.- Se abroga el Reglamento para la Afiliación de Dependientes Económicos al Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios, publicado en la “Gaceta del Gobierno” el día  seis de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.

CUARTO.-Se abrogan todas las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan al presente Reglamento.

QUINTO.- Los actos celebrados conforme a las disposiciones que se abrogan, seguirán surtiendo sus efectos hasta la conclusión del término o cumplimiento de las condiciones en que se hayan efectuado.

Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los cinco días del mes de junio de dos mil nueve.

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO
LIC. ENRIQUE PEÑA NIETO
(RUBRICA).

SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
LIC. LUIS ENRIQUE MIRANDA NAVA
(RUBRICA).

APROBACION: 05 de junio de 2009

PUBLICACION: 11 de junio de 2009

VIGENCIA: El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.