sábado, 26 de marzo de 2011

PROCEDIMIENTO 063 DIAS ECONOMICOS

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE DESARROLLO Y ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

PROCEDIMIENTO: 063 DÍAS ECONÓMICOS PARA SERVIDORES PÚBLICOS DOCENTES

OBJETIVO: Favorecer que los servidores públicos docentes puedan disfrutar de una licencia de hasta diecisiete días durante el ciclo escolar para ocuparse de asuntos de carácter personal, así como estimular económicamente a aquéllos que no la utilizan, aportando mayor dedicación al trabajo.

NORMAS:

20301/063-01
Los servidores públicos docentes afiliados al SMSEM podrán disfrutar de hasta diecisiete días económicos durante el ciclo escolar. La licencia por días económicos es independiente de cualquier otra que los docentes puedan disfrutar como licencia con goce de sueldo, de acuerdo con lo señalado en la norma 20301/061-04.

20301/063-02
Se podrá hacer uso de cuatro días económicos como máximo cada tres meses, los que no podrán exceder a los diecisiete autorizados, pero no podrán otorgarse inmediatamente antes o después de un día festivo ni acumularse para disfrutar más de cuatro, con excepción de casos de extrema urgencia debidamente justificados con al menos 24 horas de anticipación.

20301/063-03
Los servidores públicos docentes que deseen hacer uso de sus días económicos deberán solicitarlo por escrito, en original y dos copias, al Director del Plantel Educativo o titular de la unidad administrativa que corresponda (como mínimo con nivel Jefe de Departamento).

20301/063-04
El Director del Plantel Educativo o el titular de la unidad administrativa (como mínimo con nivel Jefe de Departamento) que corresponda, autoriza el día económico solicitado, anotando en el escrito de solicitud dicha resolución y refrendándola con su nombre, firma y sello. Una vez realizado esto, deberá entregar una copia al solicitante, en un término máximo de 48 horas y otra a la Supervisión Escolar que corresponda, para el caso de docentes con funciones administrativas de apoyo a la educación el titular de la unidad administrativa conserva la copia.

20301/063-05
El Director del Plantel Educativo o el titular de la unidad administrativa deberá resguardar las copias autorizadas de todos los escritos de solicitud, y una relación pormenorizada de los mismos, al finalizar cada ciclo escolar, para su control y archivo en el expediente personal de los servidores públicos docentes.

20301/063-06
Los servidores públicos docentes que no hagan uso de alguno de los diecisiete días económicos a que tienen derecho, recibirán el monto equivalente de hasta quince días y medio de salario base presupuestal de los días que no hayan disfrutado durante el ciclo escolar que corresponda.

FECHA DE EMISIÓN:                FECHA DE ACTUALIZACIÓN:        PÁGINA: III/063-01
   MAYO DE 1996                                 ABRIL DE 2011


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20301/063-07
El monto de los días económicos no disfrutados se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: (Sueldo Base Mensual)/ = x Número de días económicos no disfrutados (máximo quince días y medio) y su pago se realizará en la nómina de la segunda quincena de septiembre de cada año.

20301/063-08
A los servidores públicos docentes que tengan doble plaza o una plaza y horas-clase, y éstas sean compatibles, tendrán derecho a los diecisiete días económicos en cada una de ellas para el disfrute, y de hasta quince días y medio para el pago respectivo.

20301/063-09
El pago de esta prestación sólo procederá cuando el servidor público docente no haya disfrutado de licencia sin goce de sueldo superior a quince días, haya prestado sus servicios durante el ciclo escolar completo y exista registro de control de su asistencia en el Plantel Educativo o unidad administrativa donde labore.

20301/063-10
El trámite para el pago de la prestación deberá efectuarse a través del sistema electrónico “Solicitud de pago de días económicos no disfrutados para servidores públicos docentes”.

20301/063-11
El Director del Plantel Educativo o el titular de la unidad administrativa que corresponda, deberá hacer la captura de acuerdo con el calendario publicado en el sistema electrónico “Solicitud de pago de días económicos no disfrutados para servidores públicos docentes”.

20301/063-12
El Director del Plantel Educativo o el titular de la unidad administrativa que corresponda, será el responsable de la captura e información que actualice en el sistema electrónico “Solicitud de pago de días económicos no disfrutados para servidores públicos docentes”. Al hacerlo se corresponsabiliza con el servidor público docente en su declaración de no haber disfrutado del día o días económicos que solicita se le paguen.

20301/063-13
El Supervisor Escolar y el Jefe del Departamento Regional respectivo, son los responsables de verificar la información y dar su visto bueno al contenido de la “Solicitud de pago de días económicos no disfrutados para servidores públicos docentes”.


           ELABORA                                                                AUTORIZA

Lic. Héctor Solórzano Cruz                             C. Elizabeth Vilchis Pérez                   
Director General de Personal           Subsecretaria de Administración   

                                                          Profr. Roberto Espiridión Sánchez Pompa
                                                          Secretario General del SMSEM

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PROCEDIMIENTO: 063 DÍAS ECONÓMICOS PARA SERVIDORES PÚBLICOS DOCENTES

DESCRIPCIÓN

No. RESPONSABLE – ACTIVIDAD

1 Servidor Público Docente.

 Al término del ciclo escolar, solicita al Director del Plantel Educativo o unidad administrativa correspondiente el pago de los días económicos no disfrutados.

2 Director del Plantel Educativo/Unidad Administrativa correspondiente

Se entera, revisa su control interno y determina si el servidor público docente ha disfrutado de sus días económicos o no.

3 Director del Plantel Educativo/Unidad Administrativa correspondiente

Si el servidor público docente disfrutó de sus días económicos, comunica que su solicitud no procede.

4 Director del Plantel Educativo/Unidad Administrativa correspondiente

Si el servidor público no ha disfrutado de sus días económicos lleva a cabo la captura de la información de acuerdo al calendario publicado en el sistema electrónico “Solicitud de pago de días económicos no disfrutados para servidores públicos docentes.

5 Supervisor Escolar.

Una vez concluido el periodo de captura de acuerdo al calendario, obtiene del sistema electrónico “Solicitud de pago de días económicos no disfrutados para servidores públicos docentes” el formato “Estadística por Zona”, recaba firma de cada Director de Plantel Educativo de su zona escolar, firma de visto bueno el formato y entrega en original y copia al Jefe de Departamento Regional.

6 Jefe de Departamento Regional

Recibe original y copia del formato “Estadística por Zona”, firma de visto bueno, entrega copia al Supervisor Escolar para su control y envía al Departamento Central.

7 Departamento Central

Recibe formato “Estadística por Zona”, archiva para su control.

8 Dirección General del Sistema Estatal de Informática

De acuerdo a la información capturada en el sistema electrónico “Solicitud de pago de días económicos no disfrutados para servidores públicos docentes”, incorpora percepción de pago de días económicos en la nómina de la segunda quincena de septiembre del año en curso.

3 comentarios:

  1. Buenas noches:
    Y que pasa si no llego ese pago esta quincena?
    El hecho de que solo tenga 4 horas de base, influye en la percepción de este beneficio?

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  2. Yo entre el 01 de agosto del 2018, me dieron la base el 18 de agosto de 2019, ¿me corresponde el pago de los días económicos?

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